En la región de Pskov, el tribunal absolvió por completo a Aleksey Khabarov, testigo de Jehová
Región de PskovEl 27 de junio de 2022, el Tribunal de Distrito de Porkhovsky de la región de Pskov declaró inocente a Aleksey Khabarov, de 47 años, de participar en actividades de organización extremista (artículo 282.2 parte 2 del Código Penal de la Federación de Rusia). Los amigos que acudieron a apoyar al creyente recibieron la decisión del tribunal con aplausos.
El veredicto entrará en vigor si la fiscalía no recurre. Por ahora, Aleksey Khabarov seguirá bajo acuerdo de reconocimiento.
En septiembre de 2021, el Tribunal de Distrito de Porkhovsky condenó a Khabarov a tres años de condena condicional, aunque durante el juicio no se presentaron pruebas de la participación de Khabarov en actividades extremistas. Dos meses después, una apelación anuló el veredicto y devolvió el caso para su reconsideración. Durante todo este tiempo, Aleksey Khabarov estuvo bajo acuerdo de reconocimiento.
"Tanto durante la primera audiencia como ahora, no se vio ninguna intención de llevar a cabo actividades extremistas", dijo Aleksey Khabarov durante el debate, "no hay una sola prueba de que participé en actividades que de alguna manera se asemejen al extremismo, destinadas a incitar al odio religioso y social y a la hostilidad hacia las personas que practican otra religión". En su intervención ante el tribunal, también se refirió a la reciente decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que declaró injusta la persecución de los testigos de Jehová en Rusia y toda la persecución de los seguidores de esta religión.
Aleksey Khabarov acoge con beneplácito la consideración imparcial del caso por parte del tribunal y su protección de su derecho legal a practicar pacíficamente la religión de los testigos de Jehová en asociación con otros. Anteriormente, en una de las audiencias, señaló: "La Corte Suprema de la Federación Rusa no me prohibió, junto con mis amigos o con mi familia, discutir temas bíblicos y, por lo tanto, realizar servicios de adoración. Y este derecho constitucional no depende de que exista o no una persona jurídica o algún registro. La discusión de la Biblia por parte de un grupo de personas no está incluida en la lista de actividades extremistas".